El Gobierno regional ha iniciado la tramitación del anteproyecto de Ley para la Protección de los Consumidores Mediante el Fomento de la Transparencia en la Contratación Hipotecaria, con la que se garantiza la transparencia de la información que las empresas y entidades de crédito deben facilitar a consumidor, avalistas y otros intervinientes en la contratación de créditos y préstamos con garantía hipotecaria que se celebren en la Comunidad.
El vicepresidente, consejero de Cultura y Deporte y portavoz del Gobierno regional, Ignacio González, ha explicado que los consumidores deberán disponer previamente a la firma del contrato de la información necesaria para la correcta comprensión de los elementos esenciales del contrato y especialmente de las implicaciones financieras.
Por este motivo, se exige a las empresas o entidades de crédito que, con carácter previo a la oferta vinculante, faciliten por escrito al consumidor una información “especialmente detallada” en la que se identifique el tipo de crédito o préstamo a percibir, el importe total estimativo a satisfacer por dicho crédito y las obligaciones que el consumidor contraerá en caso de la formalización del contrato.
Deberá incluirse la especificación de si el contratante de estos productos incluye como garantía la vivienda hipotecada y el resto de bienes del comprador, o si la única garantía (dación en pago). El texto exige que esta información sea redactada de manera “transparente, clara, concreta, sencilla y no engañosa, utilizando el tamaño de letra apropiado para facilitar su lectura”. La empresa o entidad que concede el préstamo o crédito con garantía hipotecaria deberá acreditar de forma fehaciente la entrega al consumidor de toda la información con carácter previo a la oferta vinculante.
Sanciones de hasta 600.000 euros
Tras la tasación del bien hipotecado y de las comprobaciones sobre la situación registral de la finca y la capacidad financiera del prestatario, las entidades financieras deberán efectuar una oferta vinculante que deberán hacer llegar al consumidor en los mismos términos que la información previa. Una vez que acepte la oferta, la Ley garantiza al consumidor el derecho a examinar el proyecto de documento contractual con una antelación mínima de tres días hábiles anteriores a la firma de la escritura pública en el despacho del notario.
La ley contempla sanciones en caso de incumplimiento de las condiciones sobre el procedimiento de contratación, como en caso de discrepancia entre la oferta vinculante y el proyecto de documento contractual, salvo que éste sea más beneficioso para los intereses económicos del consumidor. Estas sanciones pueden ser calificadas como leves, graves o muy graves, en cuyo caso podrían alcanzar los 600.000 euros.
El texto de este anteproyecto se someterá al trámite de audiencia, a partir de la próxima semana, con asociaciones de consumidores de la Comunidad, la Confederación Española de Cajas de Ahorros, la Asociación Española de la Banca, el Colegio Notarial de Madrid y el de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, el de Gestores Administrativos de Madrid y la Asociación de Afectados por Embargos y Subastas. Antes de ser enviado a la Asamblea para su tramitación, se presentará al Consejo de Consumo y se informará al CES.
Fuente: Comunidad de Madrid











